Registro de Mayores Contribuyentes

DOLORES, 27 de abril de 2020.-

VISTO:- El presente expediente Nº 4032-79.180.-

Que a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades-Capítulo III-Art. 93 y siguientes y Art.  184 inc. 2)-3) de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, debe integrarse la Asamblea de Mayores Contribuyentes.-

Que por lo expuesto corresponde habilitar a partir del 01 de mayo/2020 y hasta el día 15 del mismo mes, el Registro de Mayores Contribuyentes.-

POR ELLO, el Intendente Municipal en ejercicio de sus facultades legales;-

D E C R E T A

 

ARTICULO PRIMERO:– Habilitar a partir del  01 de mayo/2020  y hasta el día           ——————————- 15 del mismo mes, el Registro de Mayores Contribuyentes, e invítase a inscribirse a los vecinos que tengan carácter de tal.-

ARTICULO SEGUNDO:– Tienen calidad de Mayores Contribuyentes los              ———————————- vecinos que paguen Impuestos Municipales, de acuerdo a lo determinado en el Art. 93 y siguientes de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

ARTICULO TERCERO:– El Registro referido en el Art. 1º quedará a disposición  ——————————– de los señores Mayores Contribuyentes interesados a inscribirse, en la Oficina de Recaudación de la Comuna.-

ARTICULO CUARTO:– Cúmplase, publíquese, regístrese. Intervenga Oficina de —————————— Recaudación a fin de implementar la tramitación pertinente, habilitación del respectivo Registro y reserva para la posterior prosecución del trámite.-

DECRETO NUMERO: 474.-